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ENTRE EL ESTADO DE NATURALEZA Y EL ESTADO DE NECESIDAD

La teoría del contrato social surgió durante la Era de la Iluminación y se refiere a la legitima autoridad del estado sobre el individuo. Filosóficamente se asume que en e1 estado pre-social los individuos deciden renunciar voluntariamente a su libertad natural para obtener el beneficio de un orden político y económico mediante la aceptación de un contrato social.

El estado concede derechos a la ciudadana y ésta adquiere la contraparte de obligaciones para tratar así de evitar los conflictos causados por la tendencia natural del hombre. Para Hobbes (Leviatan 1651) el individuo tiende a la violencia que lo lleva a un estado de guerra de todos contra todos en el que homo homini lupus. El padre del liberalismo, John Locke (Dos ensayos sobre el gobierno civil, 1690) explica que el hombre entrará en disputa para defender su derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad privada. Para Jean-Jacques Rousseau (El contrato social, 1762) el individuo es un ‘buen salvaje” que “nace bien y la sociedad lo corrompe” cuando entra en conflicto con la aparición de la propiedad privada.

Los teóricos del contrato social también defendieron que cuando el gobierno no logre asegurar los derechos naturales o satisfacer la voluntad general, los ciudadanos tienen el derecho de desobedecer y cambiar el liderazgo a través del medio necesario cuando se usurpa el poder. Y fue así que L’Ancien Régime fue derrocado (Alexis de Tocqueville, 1856) aunque Jean-Baptiste Colbert y sus continuadores trabajaron para reducir el descontento social que llevaron al cadalso a Luis XIV en Francia o a Carlos I en Inglaterra. A partir de entonces, el estado aceptó las obligaciones al que el pacto social les obligaba a lo que siguió una inestable paz social.

El tiempo ha demostrado que todo contrato social debe constar de tres partes. El estado, los ciudadanos y la economía con un presupuesto que tiene que presidir y escuchar la conversación. Cuando el dinero es escaso y no se cumple con las obligaciones adquiridas, el contrato social se convierte en estafa y fraude de ley, y el ciudadano pasa del primitivo estado de naturaleza al estado de necesidad.

En los últimos años, el mundo ha sido testigo de cómo los gobiernos están siendo desafiados por ciudadanos que demandan el cumplimiento del contrato social en las urnas y en las calles.  Pero, la actual estructura política y económica tiene dificultades para entender la tensión que se viene registrando en las sociedades desde la caída del régimen soviético en el siglo XX, adaptarse a la nueva realidad del siglo XXI y reaccionar para evitar la pérdida de legitimidad del contrato social.

La gran pregunta que atormenta a la clase dirigente en la actualidad es: ¿cómo financiar y proveer con antelación las necesidades fiduciarias para cumplir con las demandas de la ciudadanía en el “contrato social modificado en lo económico” en la sociedad avanzada y compleja del siglo XXI.

Para más información, ver mis otros artículos.

Contrato Social

naturaleza vs necesidad

La teoría del contrato social surgió durante la Edad de la Ilustración y se refiere a la legitima autoridad del Estado sobre el individuo. Filosóficamente se asume que en el Estado presocial los individuos deciden renunciar voluntariamente a su libertad natural para obtener el beneficio de un orden político y económico mediante la aceptación de un contrato social.

El Estado concede derechos a la ciudadanía y esta adquiere la contraparte de obligaciones para tratar así de evitar los conflictos causados por la tendencia natural del hombre. Para Hobbes (Leviatan, 1651) el individuo tiende a la violencia que lo lleva a un estado de guerra de todos contra todos en el que homo homini lupus (el hombre es lobo para el hombre). El padre del liberalismo, John Locke (Dos ensayos sobre el gobierno civil, 1690), explica que el hombre entrará en disputa para defender su derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad privada. Para Jean-Jacques Rousseau (El contrato social, 1762) el individuo es un “buen salvaje” que “nace bien y la sociedad lo corrompe” cuando entra en conflicto con la aparición de la propiedad privada.

Los teóricos del contrato social también defendieron que cuando el Gobierno no logre asegurar los derechos naturales o satisfacer la voluntad general, los ciudadanos tienen el derecho de de­sobedecer y cambiar el liderazgo a través del medio necesario cuando se usurpa el poder. Y fue así que L’Ancien Régime fue derrocado (Alexis de Tocqueville, 1856), aunque Jean-Baptiste Colbert y sus continuadores trabajaron para reducir el descontento social que llevaron al cadalso a Luis XIV en Francia o a Carlos I en Inglaterra. A partir de entonces, el Estado aceptó las obligaciones al que el pacto social les obligaba, a lo que siguió una inestable paz social.

El tiempo ha demostrado que todo contrato social debe constar de tres partes. El Estado, los ciudadanos y la economía, con un presupuesto que tiene que presidir y escuchar la conversación. Cuando el dinero es escaso y no se cumple con las obligaciones adquiridas, el contrato social se convierte en estafa y fraude de ley y el ciudadano pasa del primitivo estado de naturaleza al estado de necesidad.

En los últimos años, el mundo ha sido testigo de cómo los Gobiernos están siendo desafiados por ciudadanos que demandan el cumplimiento del contrato social en las urnas y en las calles. Pero la actual estructura política y económica tiene dificultades para entender la tensión que se viene registrando en las sociedades desde la caída del régimen soviético en el siglo XX, adaptarse a la nueva realidad del siglo XXI y reaccionar para evitar la pérdida de legitimidad del contrato social.

La gran pregunta que atormenta a la clase dirigente en la actualidad es: ¿cómo financiar y proveer con antelación las necesidades fiduciarias para cumplir con las demandas de la ciudadanía en el “contrato social modificado en lo económico” en la sociedad avanzada y compleja del siglo XXI?

Durante la Gran Recesión (2007-2009) y actual desaceleración económica por el Gran Confinamiento, los Gobiernos están recurriendo a todos los instrumentos disponibles en las políticas monetarias y fiscales para mantener el crecimiento económico y el bienestar de sus ciudadanos. No fue así, sin embargo, con el Gobierno del presidente Hoover que, guiado por el secretario de Estado Andrew Mellon, eligió una política restrictiva de crédito para purgar la podredumbre del sistema y curar los excesos producidos por la expansión económica de los años veinte. El resultado fue la Gran Recesión (1929-1939) que puso en peligro la supervivencia de la economía libre de mercado frente a la entonces novedosa economía planificada comunista.

De la lección de la Gran Recesión se ha pasado a la corrección fiduciaria sin respaldo, que ha desembocado en el actual sistema de easy money. Así, el mundo, en menos de un siglo, esta caminando en un difícil equilibrio entre la deflación y la inflación, o incluso ambas al mismo tiempo, lo que afecta al valor de cambio de la moneda y el poder adquisitivo de la ciudadanía.

La consecuencia es un impacto en el nivel de vida de los ciudadanos que se puede entender como un incumplimiento del contrato social por parte del Estado. De esta situación han surgido productos milagro como las criptomonedas, que sorprenden por una capitalización superior a los 100.000 millones de dólares americanos y que han creado una economía dentro de la no economía. Mientras duren parecen ser la necesaria competencia a las monedas de curso legales que fue defendida por F. Hayeck (Denationalization of Money: The Argument Refined, 1978).

La economía tradicional está a la espera del resultado de tal competencia sin olvidar que la ley de Gresham advierte de que cuando hay dos monedas legales en circulación al mismo tiempo, la moneda considerada por el público como mala expulsará del mercado a la buena, que será atesorada, como ocurrió en España en 1869 con la peseta del tío sentao, muy apreciada porque el valor del metal, plata de ley de 900 milésimas, era superior a la normal de 835 milésimas (Peritaciones MGA).

María Lorca-Susino es Profesora del departamento de Economía de la Universidad de Miami.

Ver la nota en Cinco Días – El País

ABRIR O NO ABRIR LOS COLEGIOS…. ESTA ES LA QUESTION!

Estamos empezando el mes de agosto y el debate está siendo sobre si se debiese o no abrir los colegios no solo en los EEUU sino también en el resto del mundo. Este debate se ha acentuado en las últimas semanas conforme se acercan las fechas en los EEUU de abrir los colegios (mitad-finales de agosto). El aumento del número de casos—y la falta de medios para combatir el virus—han abierto el debate. Si bien hay una parte de la sociedad a favor, hay otra en contra.

El resultado del debate es de gran importancia por dos razones.

Primero por el impacto en la educación y bienestar personal de los chicos. No solo la pandemia va a tener efectos devastadores con graves vacíos a nivel educativo, sino lo más importante es que los datos del “ChildLine, parte del programa de servicios de protección infantil de Pensilvania, muestran entre un 30% y un 50% menos de informes de abuso infantil de las tres semanas previas a las restricciones COVID-19 impuestas por el estado hasta las primeras tres semanas después de los cierres.”[1] Y continua explicando que “Como los niños permanecen aislados en sus hogares con sus familias, carecen de esa red de seguridad de los encargados por la ley a denunciar su sospecha razonable de que se ha producido un abuso infantil.” (idem)

Segundo, por el impacto en el mercado laboral y económico ya que aproximadamente el 17% de la fuerza laboral, necesitan la escolarización de los hijos para poder ir al trabajo.

Debido a estas dos razones, se ha hablado de varios tipos posible de enseñanza. Por un lado, esta quien defiende la necesidad del “is business as usual.” Por otro lado, se habla de un modelo híbrido entre presencial y en línea con rotación de grupos de alumnos. Por último, un sistema totalmente en línea.

A finales de julio, la estadística decía que uno de cada cinco profesores de colegio estaba en contra de volver a dar clases presenciales empezando en agosto. Por otro lado, se hablaba de que un 52% de los padres votaron por enviar a sus hijos al colegio. Es importante entender que la decisión final está en manos de los estados y condados, y no es la prerrogativa del gobierno federal cuya ayuda económica al sistema educativo es solo del 8%.

Para saber mas sobre mi trabajo, por favor visite mi pagina web

[1] https://www.webmd.com/lung/news/20200512/covid19-lockdown-increases-child-abuse-risk